Hemos recibido una transferencia del Ilmo. Ayuntamiento por un importe total de 3060,00 € que tienen la siguiente finalidad:
1.600,00 € para pagar los gastos del material necesario para la correcta realización de las actividades extraescolares.
1.460,00 € para el pago de las becas concedidas y correspondientes a los meses de septiembre (1/2 mes), octubre, noviembre y diciembre del pasado año 2.009. Por lo tanto, los padres de los alumnos que tienen concedida beca para las actividades extraescolares del presente curso, pueden pasar a cobrar el primer trimestre. No obstante esta AMPA, como siempre viene haciendo, avisará telefónicamente a estos padres para notificarles el pago.
Pendiente de cobro de las becas correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2008
Pendiente de cobro de las ayudas de material correspondientes al curso 2.008-09 por un importe total de 1600,00 €.
Una vez puesto en funcionamiento el nuevo edificio de Educación Infantil, la dirección de la Comunidad Salesiana, ha tenido a bien proporcionarnos un despacho para ser utilizado como oficina del AMPA, en él atenderemos a todo aquel que desee ponerse en contacto con nosotros.
El despacho es el primero del pasillo de la planta baja que comunica los edificios de Educación Infantil y de Educación Primaria (a la vuelta del ascensor). El espacio que de forma provisional estábamos utilizando como despacho el curso pasado, queda como "balonera" del deporte escolar.
Durante del presente curso se han adquirido 36
sillas plegables y 6 mesas, también plegables de
183 x 75 x 74 cm. y un peso de 15 kg. cada una para la sala de usos múltiples
del edificio de E.P.
Este material está a
disposición del AMPA, de los monitores de las actividades extraescolares y para
uso de toda la Comunidad Educativa del Centro que lo requiera siguiendo los
criterios que establezcan los responsables del centro.
Ayudas de la Comunidad de Madrid para las familias con hijos escolarizados.
Un 10% de los gastos de Vestuario de uso
exclusivo escolar y de las clases extrescolares de idiomas podrá deducirse de la
cuota íntegra autonómica.
Para aquellos que les pueda interesar, la Ley de Medidas Fiscales y
Administrativas de la Comunidad de Madrid ofrece deducciones en el impuesto
sobre la renta por gastos educativos realizados en 2009,por lo que se tendrá en
cuenta para la declaración de la renta de dicho ejercicio, a presentar en este
año 2010.
DEDUCIÓN
Los contribuyentes podrán deducir el 10 por 100 de los gastos educativos
por los hijos o descendientes y por los siguientes criterios:
Vestuario de uso exclusivo escolar (uniforme, chándal), en los niveles obligatorios.
Enseñanza de Idiomas, tanto si esta se imparte como actividad extraescolar como si tiene el carácter de educación de régimen especial.
Cuando se hace referencia a "niveles
obligatorios", quiere decir, Educación Primaria y Educación Secundaria, Quedan
fuera, por tanto, las cuotas por escolarización en Educación Infantil y
Bachillerato.
El importe máximo de la deducción Será de 500 euros al año por cada hijo que
conviva con el contribuyente.
REQUISITOS para poder solicitar la devolución: Justificante acreditativo del
pago de los conceptos objeto de deducción.